La reciente entrada en vigor de la nueva Ley de Protección de Informantes (Ley 2/2023, de 20 de febrero), que regula la protección de las personas que informen acerca de infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, trajo consigo la obligación, para todas las empresas de más de 50 trabajadores, de implementar canales de denuncia para la comunicación de infracciones de distinta índole (penal, laboral, administrativa, etc.). Esta nueva normativa (también conocida como normativa Whistleblowing) está abriendo numerosos interrogantes.
Esta norma plantea la necesidad de definir y llevar a cabo un programa o sistema de gestión compliance que permita la identificación y evaluación de los riesgos jurídicos a los que se encuentra expuesta la empresa.
Desde el pasado 13 de marzo es obligatorio, para las empresas de más de 50 trabajadores, contar con un Buzón de Denuncias Interno que permita a los profesionales realizar denuncias laborales anónimas.